18. Se añaden tres nuevos apartados, los apartados 8, 9 y 10, al artículo 379, con la siguiente redacción:

«8. Solicitud de autorización de almacén distribuidor de medicamentos de uso humano y/o almacén distribuidor de medicamentos de uso veterinario: 448,44 euros.

9. Solicitud de autorización de establecimiento comercial detallista de medicamentos de uso veterinario: 154 euros.

10. Solicitud de autorización de establecimiento de un botiquín farmacéutico: 154 euros.»

19. El primer párrafo del artículo 388 octotricies queda modificado de la siguiente manera:

«Han de aplicarse las siguientes bonificaciones a los titulares de los establecimientos donde se lleven a cabo las actividades a que se refiere el presente capítulo:»

20. Se suprime el apartado 2 del artículo 390.

 

Fuente: Comunidad Autónoma de las Islas Baleares