Orden ECC/1404/2013, de 28 de junio, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica.

El Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Economía y Competitividad, al que corresponde, según establece su artículo 13, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, de la investigación científica, el desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, la política comercial y de apoyo a la empresa, así como el resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. En su disposición final primera suprime el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Por otra parte, la disposición final segunda del Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para Investigación Biomédica, faculta al titular del Ministerio de Ciencia e Innovación (actualmente, Ministro de Economía y Competitividad) para dictar cuantas disposiciones requiera la aplicación de lo dispuesto en el referido real decreto, y para modificar su anexo, sin perjuicio del desarrollo normativo que corresponda realizar a las Comunidades Autónomas.

 

Fuente: Ministerio de Economía y Competitividad