Orden ESS/1451/2013, de 29 de julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario.

En noviembre de 2008 las organizaciones europeas de interlocutores sociales HOSPEEM (Asociación europea de los empresarios del sector hospitalario y sanitario, una organización sectorial que representa a los empleadores) y EPSU (Federación sindical europea de los servicios públicos, una organización sindical europea) comunicaron a la Comisión Europea su deseo de entablar negociaciones, con arreglo al artículo 138, apartado 4, y el artículo 139 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con objeto de celebrar un Acuerdo marco para la prevención de las lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector hospitalario y sanitario.

En el mes de julio de 2009 los interlocutores sociales europeos firmaron el texto del Acuerdo marco para la prevención de las lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector hospitalario y sanitario.

 

Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social