Ante la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla de no aceptar la solicitud de suspender cautelarmente la cuarta convocatoria pública para la selección de medicamentos a dispensar por las oficinas de farmacia de esa comunidad autónoma cuando sean prescritos o indicados por principio activo, Farmaindustria reitera su confianza en que, finalmente, se declare la ilegalidad de esta medida, que vulnera la legislación vigente y genera importantes desigualdades territoriales en materia de prestación farmacéutica.

La medida cautelar no concedida en el recurso contencioso-administrativo y conocida esta semana no condiciona la sentencia que sobre estas infracciones se han invocado por la Abogacía del Estado y el Gobierno.

Cabe recordar que, por otro lado, el Tribunal Constitucional todavía no ha resuelto sobre la cuestión de fondo en relación con las subastas, y aún no se ha dictado sentencia sobre la posible vulneración de competencias del Estado por parte de la Junta de Andalucía.

Así pues, con la decisión de la Junta de Andalucía de seguir adelante con la cuarta subasta de medicamentos se vulnera el sistema de dispensación de medicamentos establecido en la legislación estatal (artículo 88.1 de la Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios); se limitan las opciones farmacológicas a las que pueden acceder los pacientes andaluces al excluir en esa comunidad autónoma de la financiación aquellos medicamentos que, pese a estar incluidos en la financiación estatal, no resulten seleccionados; se generan desigualdades en el acceso a medicamentos, así como perjuicios derivados de los cambios de tratamientos; y se fragmenta el mercado interior español, expulsando de facto del mercado andaluz a productos autorizados para venderse en todo el territorio nacional y restringiendo la competencia.